Los términos y condiciones que aparecen en el presente documento deben de ser leídos y comprendidos.
1. DEFINICIONES
A los efectos de la interpretación las presentes CONDICIONES DE USO, los siguientes términos tendrán el significado que seguidamente se les atribuye:
PÁGINA WEB
Conjunto de páginas electrónicas albergadas bajo el dominio “myconsultor.app”, cuya titularidad y gestión corresponden a la entidad mercantil MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L. con CIF B-75581744 y domicilio en Pl. Villa de Castelldefels, 4, Picasso BC, Of. AFU, Málaga, España, 29006, con quien como USUARIO suscribes las presentes CONDICIONES DE USO en su calidad de PRESTADOR DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.
USUARIO
Toda persona física o jurídica que visite la página web.
CLIENTE
Usuario que contrata los servicios de myConsultor.
CONDICIONES
Las presentes condiciones generales de contratación de servicios.
SERVICIOS
Los servicios ofrecidos y prestados por myConsultor.
ASESOR
La entidad mercantil MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L
2. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L. con CIF B-75581744 y domicilio en Pl. Villa de Castelldefels, 4, Picasso BC, Of. AFU, Málaga, España, 29006, de ahora en adelante ASESOR.
Por otra parte, el usuario de la página web que contrata los servicios prestados por el ASESOR, de ahora en adelante CLIENTE.
3. ANTECEDENTES
a) Que debido a la complejidad de los asuntos y negocios gestionados se hace necesario establecer un contrato que identifique las obligaciones y derechos de cada una de las partes, teniendo en cuenta que el ASESOR es una entidad mercantil especializada en la prestación de los servicios anteriormente indicados y cuenta con los elementos personales y materiales necesarios para ello.
b) Este documento contractual regirá las CONDICIONES a través del PÁGINA WEB, propiedad de MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L bajo la marca comercial de myConsultor, en adelante, ASESOR, cuyos datos de contacto figuran también en el AVISO LEGAL de esta web.
c) Estas CONDICIONES permanecerán publicadas en el sitio web a disposición de EL CLIENTE para reproducirlas y guardarlas como confirmación del contrato, pudiendo ser modificadas en cualquier momento por el ASESOR.
d) Es responsabilidad dEL CLIENTE leerlas periódicamente, ya que resultan aplicables aquellas que se encuentren vigentes en el momento de realización de pedidos.
La aceptación de este documento conlleva:
a) Que el ASESOR está especializado en la prestación de servicios de asesoramiento fiscal, económico – financiero, contable, laboral y complementarios.
b) Que EL CLIENTE manifiesta su consentimiento expreso para la formalización de la contratación después de haber leído, comprendido y aceptado las CONDICIONES.
c) Que EL CLIENTE está interesado en recibir del ASESOR, la prestación del servicio de asesoría fiscal, contable, laboral tal y como se define en el presente documento.
d) Que ambas partes han acordado realizar el presente contrato de prestación de servicios de acuerdo con los siguientes.
4. OBJETO
El objeto de este contrato es regular la relación en la prestación de servicios de naturaleza mercantil entre el ASESOR y EL CLIENTE. El ASESOR prestará al CLIENTE asesoramiento sobre las siguientes materias, lo que se concreta en la realización de los siguientes trabajos o servicios.
5. OBLIGACIONES DEL ASESOR
5.1. TRIBUTARIA Y FISCAL
a) Estudio y resolución de las consultas de este tipo que se le presenten relativas a las operaciones propias de EL CLIENTE.
b) Preparación y/o revisión y presentación de las declaraciones fiscales a que EL CLIENTE esté obligado por la ley.
c) Este servicio incluye la presentación de declaraciones de EL CLIENTE por vía telemática, si así se acuerda expresamente.
d) Preparación de consultas interpretativas en materias de interés para EL CLIENTE ante las autoridades administrativas, siempre que el ASESOR considere que no existe ninguna circunstancia que lo desaconseje.
e) Resolución de las incidencias que puedan producirse en los diferentes procedimientos que afectan a la liquidación de los tributos, incluyendo en este aspecto los recursos de reposición y alzada, siempre dentro del ámbito administrativo, así como la tramitación de solicitudes de compensación, aplazamiento, devolución, etc.
f) Asesoramiento general al CLIENTE acerca de cuantos derechos y deberes le asisten u obliguen en materia fiscal ante personas y organismos oficiales o privados.
g) El trabajo a realizar por el ASESOR no debe considerarse como sustitutivo del trabajo habitual de EL CLIENTE en relación al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, ni sobre las decisiones finales en materia tributaria que serán, en todo caso, adoptadas por EL CLIENTE.
h) Ambas partes se comprometen a mantener al menos una reunión para analizar el cierre del ejercicio.
i) Los servicios citados podrán prestarse por el personal del ASESOR que éste considere más adecuado.
j) Se establecerá una planificación fiscal de las citadas actividades mediante contacto periódico presencial con los directivos de EL CLIENTE, con el fin de analizar las actuaciones a llevar a término en el plazo que mutuamente se acuerde, y los criterios rectores de las mismas.
5.2. CONTABILIDAD Y TENEDURÍA DE LIBROS
a) Confeccionar la contabilidad oficial de EL CLIENTE, conforme al Plan Contable de aplicación al mismo y a la legislación en la materia.
b) Confeccionar y legalizar los libros oficiales de contabilidad de cada ejercicio económico.
c) Confección y entrega del balance contable y financiero con periodicidad (mensual, trimestral, etc.)
d) Custodia de la documentación contable que le sea entregada con el debido orden y diligencia.
e) Facilitar los archivos, soportes informáticos y documentación en caso de ser requerido EL CLIENTE para su entrega a la Administración.
f) Confeccionar las cuentas anuales para su depósito en el Registro Mercantil. Informar y asesorar al CLIENTE en cuantos aspectos contables, respecto del objeto, actividad o comercio del mismo, le sean consultados.
5.3. LABORAL
a) Asesoramiento e información en materia social y laboral en los aspectos que sean exigidos por la legislación social.
b) Redactar y diligenciar, en su caso, ante los Organismos competentes, los documentos sociales y laborales de EL CLIENTE.
c) Redactar y tramitar altas y bajas de los trabajadores, confeccionar las nóminas de salarios, liquidaciones en la Seguridad Social, contratos de trabajo generales y especiales con asesoramiento sobre la legislación vigente para cada modalidad.
La tramitación se podrá realizar por vía telemática, si así se acuerda entre las partes. Previo acuerdo de las partes, el ASESOR y con cargo al CLIENTE podrá facilitar y diligenciar los libros de visita, suscripción de pólizas con compañías Aseguradoras, convenios con Mutuas de Accidentes, programas de Seguridad e Higiene, así como cuantos servicios de carácter social complementarios de los anteriores pueda precisar. Las partes podrán acordar, al margen del precio del presente contrato, la representación y defensa en Actos de Conciliación, Juzgados y Tribunales de lo Social, Inspección de Trabajo, expedientes de crisis y regulación de plantilla, así como la redacción de informes o dictámenes jurídicos en el ámbito social-laboral.
6. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
6.1. TRIBUTARIA Y FISCAL
a) Entregar al ASESOR toda la documentación necesaria, en los plazos y con la periodicidad que en cada caso se acuerde, para la adecuada prestación de los servicios.
b) Formular las consultas o visitas en las horas establecidas al efecto.
c) Efectuar en plazo el pago de los honorarios.
d) Llevar su contabilidad con los requisitos y en los plazos establecidos por las disposiciones vigentes.
e) No efectuar gestiones ante los organismos fiscales sin previo conocimiento del ASESOR. En especial, ante el requerimiento para una inspección fiscal, se abstendrá de hacer gestión alguna hasta tanto haya contactado con el ASESOR.
f) EL CLIENTE no podrá solicitar al ASESOR ni asesoramiento ni colaboración en la realización de acciones u omisiones fraudulentas o tendentes a eludir la declaración y/o pago de los tributos que sean legalmente obligatorios.
g) EL CLIENTE responde de la exactitud de los datos que facilite al ASESOR para la realización del servicio contratado, que deberán ser completos y entregados dentro de plazo. De las consecuencias que se deriven por causa de que los datos facilitados por EL CLIENTE sean incompletos, insuficientes o se entreguen fuera de plazo no será responsable el ASESOR.
6.2. CONTABILIDAD Y TENEDURÍA DE LIBROS
a) Entregar al ASESOR toda la documentación necesaria, en los plazos y periodicidad que, en cada caso se acuerde, para la adecuada prestación de los servicios.
b) Formular las consultas o visitas en las horas establecidas al efecto.
c) Efectuar en plazo el pago de los honorarios.
d) EL CLIENTE responde de la exactitud de los datos que facilite al ASESOR para la realización del servicio contratado, que deberán ser completos y entregados dentro de plazo. De las consecuencias que se deriven por causa de que los datos facilitados por EL CLIENTE sean incompletos, insuficientes o se entreguen fuera de plazo no será responsable el ASESOR.
6.3. LABORAL
a) Entregar al ASESOR toda la documentación necesaria, en los plazos y periodicidad que, en cada caso se acuerde, para la adecuada prestación de los servicios.
b) Formular las consultas o visitas en las horas establecidas al efecto.
c) Efectuar en plazo el pago de los honorarios.
d) No efectuar gestiones ante los organismos sociales sin previo conocimiento del ASESOR. En especial, ante cualquier requerimiento de la Inspección de Trabajo, se abstendrá de hacer gestión alguna hasta tanto haya contactado con el ASESOR.
e) EL CLIENTE no podrá solicitar al ASESOR ni asesoramiento ni colaboración en la realización de acciones u omisiones fraudulentas o tendentes a eludir la declaración y/o pago de sus obligaciones sociales legalmente obligatorias.
f) EL CLIENTE responde de la exactitud de los datos que facilite al ASESOR para la realización del servicio contratado, que deberán ser completos y entregados dentro de plazo. De las consecuencias que se deriven por causa de que los datos facilitados por EL CLIENTE sean incompletos, insuficientes o se entreguen fuera de plazo no será responsable el ASESOR.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
Los servicios y funciones descritos en el pacto anterior se prestarán por parte del ASESOR por un plazo inicial de 12 meses con carácter fiscal y no natural desde la firma del mismo, que se renovará tácitamente por 12 meses con carácter fiscal y no natural, de no mediar preaviso, al menos, con un mes fiscal de antelación a su término.
En el supuesto de no renovación del contrato, el ASESOR se obliga a la confección y/o presentación de la declaraciones fiscales correspondientes al ejercicio anterior.
8. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS
El ASESOR se obliga a tratar confidencialmente todos aquellos datos, documentación y demás información que hayan sido suministrados por EL CLIENTE durante la vigencia del presente contrato. Asimismo, se compromete a no comunicar esta información a ninguna otra persona o entidad, exceptuando sus propios empleados y sólo en la medida necesaria para la correcta ejecución del contrato. Cumpliendo cualquier condición establecida por la legislación vigente en materia de protección de datos personales.
El acuerdo de confidencialidad establecido en el presente pacto tendrá validez durante la vigencia del contrato y seguirá en vigor, al menos, durante 5 años más después de la extinción, por cualquier causa, del mismo. Lo contenido en este contrato no obligará a confidencialidad en lo referente a:
a) Cualquier información o conocimiento revelado legítimamente por terceros que hayan autorizado su difusión.
b) Cuando la información sea requerida por imperativo legal.
c) Protección de datos.
De conformidad con el artículo 13 de la sección 2 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que el responsable del tratamiento es MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L., que dicho tratamiento se lleva a cabo para la prestación del servicio objeto de este contrato, para la gestión administrativa y para el envío de comunicaciones comerciales sobre productos y servicios de la empresa que puedan ser de su interés. La base legal que permite este tratamiento es la ejecución de un contrato de prestación de servicios. Se comunicarán datos a terceros para poder llevar a cabo las finalidades objeto de este contrato. Puede usted acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como otros derechos, dirigiéndose por escrito al email lopd@myconsultor.app. Puede usted obtener información ampliada sobre protección de datos solicitándola en el email lopd@myconsultor.app.
9. INTERPRETACIÓN
Todo conflicto o controversia que se derive de la interpretación o ejecución del presente contrato o relacionado directa o indirectamente con el mismo, se resolverá por sus propias cláusulas o en lo que en ellas no estuviere contemplado, por lo previsto en la legislación española y en concordancia con la legislación de la Unión Europea contenidas en el Código de Comercio.
10. NOTIFICACIONES
Toda notificación u otra comunicación que pueda o deba darse de acuerdo con este Contrato se dará por escrito y deberá ser: entregada personalmente, enviada por correo certificado, con acuse de recibo, o transmitida por facsímil a las partes a las siguientes direcciones, o e-mail. Si al cliente, a la dirección y demás datos de contacto que figuran en el presente documento. MYCONSULTOR PROFESSIONAL ADVISORS, S.L. con CIF B-75581744 y domicilio en Pl. Villa de Castelldefels, 4, Picasso BC, Of. AFU, Málaga, España, 29006 con dirección de correo electrónico soporte@myconsultor.app. Todas las notificaciones u otras comunicaciones serán consideradas válidamente dadas en la fecha de su entrega, si son entregadas personalmente, tres días después de haber sido enviadas, en caso de haber sido enviadas por correo, o el día siguiente a la fecha en que una copia legible sea recibida por el destinatario, si han sido transmitidas por facsímil o e-mail. Cualquiera de las partes podrá cambiar de dirección a los efectos de notificaciones mediante notificación a la otra parte.
11. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES
LA ASESORÍA y EL CLIENTE declaran ser sociedades totalmente separadas e independientes la una de la otra, y no ser representantes, mandatarios, empleados o agentes al respecto del otro en ningún sentido. LA ASESORÍA actúa en nombre propio y bajo su sola responsabilidad en sus relaciones con su personal y, en general, con terceros, de forma que no podrá comprometerse en forma alguna la responsabilidad de EL CLIENTE por el hecho de la prestación de servicios objeto de este contrato. En particular en ningún caso podrá considerarse que el presente contrato establece relación contractual alguna entre EL CLIENTE y los empleados de LA ASESORÍA.
12. HONORARIOS
La cuota de honorarios será la establecida en la política de precios de la página web, de carácter público, y que será revisable cada 12 meses con carácter fiscal y no natural en caso de producirse la prórroga del contrato. A su vez, cualquier alteración de los honorarios será comunicada a EL CLIENTE vía correo electrónico en los quince (15) días naturales siguientes a su modificación, con la posibilidad de realizarse un desistimiento voluntario por parte de EL CLIENTE. EL CLIENTE deberá abonar los honorarios establecidos en las condiciones particulares de contratación.
En los citados honorarios no están incluidos aquellos servicios que, por tener determinada entidad, superan el marco de la asesoría continuada sobre cuestiones ordinarias al igual que los trabajos propiamente jurídicos, aunque tengan relación con ellos.
No obstante, la cuota fijada, cuando se realicen trabajos de duración extraordinaria y jurídicos, podrá acordarse de que se facturen independientemente según las tarifas de honorarios orientativas del Colegio Profesional de Abogados de Córdoba.
13. PAGO Y FORMA DEL PRECIO
Los honorarios por la prestación de los servicios descritos en las cláusulas anteriores serán determinados por la ASESORÍA y el I.V.A. se facturará conforme a la normativa aplicable en cada momento. Los servicios descritos serán pagados con carácter previo mediante tarjeta de débito y/o crédito. El impago de cualquiera de los recibos supondrá la paralización de todos los servicios y/o trabajos en curso, siendo además causa de extinción de este contrato. Para la reactivación del servicio una vez cancelado por impago EL CLIENTE deberá abonar de forma anticipada el importe de un ejercicio fiscal completo del servicio contratado, además de los pagos pendientes con sus correspondientes gastos por devolución en caso de haberlos. La ASESORÍA se reserva el derecho a revisar el importe de estos honorarios en caso de que las circunstancias o el volumen de trabajo estimados no se correspondan con los que resulten del conocimiento real y concreto de la situación dEL CLIENTE una vez iniciada la prestación de los servicios contratados o se produzca un cambio o variación significativa en las circunstancias o volumen de trabajo inicialmente considerados. La revisión del importe de los honorarios se realizará teniendo en cuenta las tarifas vigentes de la ASESORÍA aplicables a la generalidad de sus clientes y las circunstancias y volumen de trabajo realmente previstos. La variación extraordinaria de la tarifa o el aumento de servicios que puedan suponer dicha variación se comunicará con antelación a EL CLIENTE, que podrá rescindir el contrato con la ASESORÍA sin penalización, en caso de no estar conforme con los servicios y/o tarifa aplicables. En ningún caso las tarifas incluyen tasas o tributos que corresponda asumir a EL CLIENTE.
14. INCUMPLIMIENTO DE PAGOS
La falta de pago de cualquiera de las mensualidades dará derecho al ASESOR a resolver el contrato y, si lo estimara oportuno, a proceder a su reclamación judicial, aplicándose desde la fecha del incumplimiento el interés de demora establecido en la Ley.
15. DEFICIENCIAS EN LOS SERVICIOS CONTRATADOS
Si EL CLIENTE encontrara defectos en los servicios contratados con el ASESOR, se lo hará saber por escrito, debiendo resolverse dichas deficiencias en el plazo de 30 días. Si no se solucionasen los problemas derivados de las prestaciones deficientes en el plazo establecido, EL CLIENTE podrá resolver el contrato.
El ASESOR no será responsable de las consecuencias derivadas de la omisión o falseamiento de los datos facilitados por EL CLIENTE, ni estará obligado a verificar la suficiencia o autenticidad de los mismos. Tampoco responderá de las actuaciones que EL CLIENTE efectúe sin su asesoramiento previo o en contra de sus indicaciones. Quedará también eximido de responsabilidad por las actuaciones realizadas fuera de plazo en nombre de EL CLIENTE cuando los datos, documentos o notificaciones no le hayan sido facilitados por éste con la antelación pactada
.
16. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de las causas generales de rescisión de los contratos, el presente se considerará resuelto por la insolvencia definitiva o provisional, quiebra o suspensión de pagos de cualquiera de las partes contratantes.
17. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLE
Las partes, con renuncia al fuero propio si lo tuvieran, se someten a los Juzgados y Tribunales españoles de la ciudad de Córdoba.
18. RÉGIMEN DEL CONTRATO
Este contrato tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias cláusulas o, en lo que en ellas no estuviera contemplado, por lo previsto en las disposiciones españolas contenidas en el Código de Comercio, Leyes especiales y usos mercantiles.
Y en prueba de conformidad firman el presente, por duplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.